El PPWR ya está aquí: qué es el Reglamento europeo de envases y cómo afecta a tu restaurante

Isabel Coderch
28 de agosto de 2026

El 12 de agosto de 2026 entró en vigor el Reglamento (UE) 2025/40 sobre envases y residuos de envases ( o PPWR, que son sus siglas en inglés). No es una directiva que España pueda adaptar a su ritmo: es de aplicación directa en los 27 estados miembros, sin margen de interpretación nacional.

El sector tiene hasta 2040 para adaptarse del todo. Pero algunas obligaciones ya son exigibles hoy.

El PPWR sustituye a la Directiva 94/62/CE, que llevaba más de 25 años regulando los envases en Europa con escaso éxito, hay que decirlo. En 2023, la UE generó 79,7 millones de toneladas de residuos de envases, unos 178 kg por persona y año. El nuevo reglamento nace para revertir esa tendencia con objetivos vinculantes: reducir los residuos de envases por habitante un 5% en 2030, un 10% en 2035 y un 15% en 2040, tomando como referencia los datos de 2018.

El PPWR actúa en seis frentes simultáneos: prevención, reutilización, reciclabilidad, contenido reciclado, etiquetado y responsabilidad ampliada del productor. Para HORECA, los dos primeros son los más relevantes.

A ti, si sirves comida o bebida en cualquier formato. Da igual que seas un restaurante, un bar, una empresa de catering, un comedor de empresa, un hospital o un centro educativo. El PPWR no distingue entre un restaurante abierto al público y un comedor gestionado por un concesionario: todos entran dentro del concepto HORECA.

Si gestionas la restauración de otra empresa, también te afecta a ti, no solo a quien te contrata.

El calendario de obligaciones para HORECA

El PPWR no entra todo a la vez. Estas son las fechas que importan para el sector:

En España ya existía el Real Decreto 1055/2022 sobre envases y residuos de envases, que transpuso la anterior directiva europea. El PPWR no lo sustituye directamente: convive con él, pero prevalece en todo lo que regula, que es bastante más que el RD1055. Las novedades más relevantes para HORECA que el RD1055 no contemplaba son la Declaración de Conformidad UE, la restricción de PFAS, el sistema de reutilización obligatorio para take away y las obligaciones de contenido reciclado mínimo.

Si todavía no has hecho nada, empieza por aquí:

Pide a tus proveedores de envases la Declaración de Conformidad UE. Es obligatoria desde el 12 de agosto y sin ella no pueden comercializarlos legalmente. Si no saben de qué les hablas, es una señal de alarma.

Comprueba si tus envases de take away contienen PFAS. Muchos envases resistentes a la grasa o la humedad los llevan. Tu proveedor debe poder confirmarlo.

Define ya el protocolo para cuando un cliente traiga su propio envase. Febrero de 2027 parece lejos. No lo es tanto si tienes que formar al equipo y documentar el proceso.

Y si gestionas la restauración de otra empresa como concesionario, revisa los contratos. La responsabilidad recae sobre quien pone el envase en el mercado, que eres tú


En Te lo sirvo verde acompañamos a restaurantes y empresas de restauración colectiva en la adaptación a la nueva normativa de envases. Si quieres saber qué implica el PPWR en tu operación concreta, escríbeme.

Isabel Coderch, consultora en hostelería sostenible y rentable. Fundadora de Te lo sirvo verde.